Libertad Sindical en Jaque en el Sector Educación en Venezuela

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) consagra el derecho a la libertad sindical en su artículo 95 al establecer que los trabajadores, sin distinción alguna y sin necesidad de autorización previa, tienen derecho a constituir libremente las organizaciones sindicales que estimen convenientes para la mejor defensa de sus derechos e intereses, así como el de afiliarse o no a ellas.

Organizaciones sindicales denuncian ante la OIT nuevas violaciones a convenios fundamentales en Venezuela

El pasado 30 de agosto se venció el plazo para que Venezuela presentara sus memorias en relación con el cumplimiento de los convenios fundamentales ante la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones (CEACR) órgano de la OIT constituido por 20 juristas de alto nivel, y destacada trayectoria nacional e internacional. Al no ser consultadas por el gobierno para la elaboración de dichas memorias, organizaciones sindicales independientes también mandaron sus observaciones.

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¿Clases sin derechos laborales?

¿Clases sin derechos laborales? La aprobación de convenios de trabajo sin participación de las organizaciones sindicales y gremiales mayoritarias tiene el propósito de pulverizar los derechos laborales. Esta pulverización de los derechos laborales amenaza gravemente la sostenibilidad de la educación pública en Venezuela.

Para tratar este tema el Observatorio Venezolano de Libertad Sindical (OVLIS) convocó a una rueda de prensa virtual el lunes 2 de agosto a las 10 am vía zoom, en la cual participaron las Profesoras

Jacqueline Richter, Directora general de OVLIS, con el tema: «Cambios en la contratación colectiva de los trabajadores del MPPE y violación de la libertad sindical»;

Raquel Figueroa, Dirigente sindical del Colegio de Profesores, con el tema «Magisterio sin seguridad social y sin salario»; y

Keta Stephany, Secretaria de Actas, Memoria e Información de FAPUV, con el tema: «La IVCCU, herramienta gubernamental de destrucción de la universidad venezolana».

Informe del Observatorio Venezolano de Libertad Sindical y del Programa Venezolano en Educación-Acción sobre el Comportamiento del Gobierno Venezolano en relación con las recomendaciones de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para el cumplimento de los Convenios 26, 87 y 144 y el Examen del artículo 22 de los Convenios 87, 138 y 182

Condiciones de trabajo dignas es una necesidad hoy más que nunca, el 1° de mayo de todos los años se conmemora el día del trabajador, pero la lucha por alcanzar esas condiciones es de todos los días

Observatorio Venezolano de Libertad Sindical, 1° de mayo 2021